El Departamento Ejecutivo de la ciudad de Necochea promulgó la mayor parte de la Ordenanza Nº 12.238/26, una normativa sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el pasado 18 de junio. La medida busca fortalecer las herramientas de prevención y sanción contra el maltrato animal en el distrito.
Sin embargo, la Secretaría de Legal y Técnica determinó la aplicación de un veto parcial sobre diversos artículos que presentaban contradicciones con la legislación de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades. Según el dictamen, estas disposiciones invadían competencias exclusivas o ya estaban reguladas por marcos legales jerárquicamente superiores.
Entre los puntos observados se encuentra el artículo 160 del Código Contravencional, que planteaba una actualización automática de multas, considerada innecesaria y confusa por el municipio. Asimismo, se vetaron los artículos 44 al 47 de la Ordenanza Nº 7.088/10, referidos a las carreras de perros. El Ejecutivo argumentó que “la regulación de las sanciones vinculadas a las carreras de perros ya se encuentra prevista por legislación nacional y provincial, por lo que el Municipio carece de facultades para establecer un régimen distinto sobre esa materia”.
Otras objeciones técnicas señalaron la inviabilidad de crear un “Fondo Reservado”, figura no contemplada en la administración financiera municipal. También se rechazó la afectación específica de recursos provenientes de las multas, dado que la iniciativa en materia presupuestaria es una atribución exclusiva del poder administrador local.






