La medida reemplaza una reglamentación vigente desde 1991 y modifica el funcionamiento de los servicios de practicaje y pilotaje en ríos, puertos y canales del país. El Ejecutivo sostiene que busca reducir costos logísticos, facilitar el ingreso de nuevos prestadores y mejorar la competitividad del comercio exterior.

El Gobierno nacional oficializó este viernes un nuevo marco regulatorio para los servicios de practicaje y pilotaje en la navegación argentina mediante el Decreto 690/2026, que entrará en vigencia este sábado y reemplazará la normativa que regía desde hace más de tres décadas.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, junto a los ministros Federico Sturzenegger, Alejandra Monteoliva, Diego Santilli y Carlos Presti, y establece un nuevo reglamento para los servicios de practicaje y pilotaje en ríos, puertos, pasos y canales de la República Argentina.

El Gobierno apunta a reducir costos y eliminar barreras

En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo sostiene que el régimen anterior, aprobado en 1991, contenía requisitos considerados “obsoletos o desproporcionados”, que limitaban el ingreso de nuevos prestadores y encarecían la logística vinculada al comercio exterior.

Según el texto oficial, esas restricciones habrían favorecido la concentración del mercado y generado un escenario propicio para prácticas anticompetitivas, situación que incluso derivó en denuncias por presuntas conductas contrarias a la libre competencia.

La reforma se enmarca en los principios establecidos por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Ley 27.742), con el objetivo de incrementar la competencia, modernizar el sector y mejorar la eficiencia operativa de la actividad naviera.

Contratación libre de prácticos y nuevos servicios

Uno de los cambios más relevantes es que los prácticos habilitados podrán ser contratados directamente por los usuarios como profesionales independientes, eliminando restricciones que regían hasta ahora.

También se libera la contratación de los medios de transporte utilizados para el embarque y desembarque de prácticos y pilotos, ya sean terrestres, acuáticos o aéreos.

La intención oficial es que los armadores y operadores puedan elegir libremente a los prestadores del servicio, favoreciendo la competencia y reduciendo los costos asociados a la navegación.

La Prefectura mantendrá el registro de profesionales

El decreto mantiene a la Prefectura Naval Argentina como autoridad responsable del registro de prácticos habilitados.

Sin embargo, la nueva reglamentación establece que deberá inscribir a todo profesional que reúna las condiciones de idoneidad exigidas, sin establecer cupos ni límites en la cantidad de habilitados.

De esta manera, el Gobierno busca ampliar la oferta de profesionales disponibles para prestar el servicio.

La Agencia Nacional de Puertos fijará tarifas máximas

Otro de los cambios introducidos otorga un rol central a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), creada en enero de 2025 bajo la órbita del Ministerio de Economía.

Ese organismo será el encargado de establecer las tarifas máximas para los servicios de practicaje y pilotaje.

Además, las tarifas deberán incluir todos los conceptos vinculados con la prestación del servicio, por lo que los prácticos no podrán cobrar adicionales que no hayan sido previamente autorizados por la ANPYN.

Cambios técnicos para la navegación

La normativa también modifica algunos requisitos técnicos aplicables a la navegación.

Entre ellos, reconoce la idoneidad de los capitanes de buques extranjeros que acrediten conocimiento de la zona de navegación y dominio del idioma inglés, eliminando la obligación de embarcar baqueanos en esos casos.

Asimismo, habilita que embarcaciones comerciales certificadas para otras actividades puedan utilizarse para transportar prácticos, pilotos y baqueanos, siempre que cumplan las condiciones de seguridad que establezca la Prefectura Naval Argentina.

Más transparencia en la actividad

El nuevo reglamento incorpora obligaciones de transparencia para las empresas que prestan servicios de practicaje, pilotaje y baquía.

A partir de ahora deberán publicar mensualmente los precios de sus servicios en sus sitios web y remitir cada tres meses a la ANPYN y a la Autoridad Nacional de la Competencia información detallada sobre las prestaciones realizadas y los valores efectivamente cobrados.

El objetivo, según el Gobierno, es facilitar el control del mercado y evitar prácticas anticompetitivas.

Reorganización institucional

El decreto también dispone que la Armada Argentina transfiera a la Prefectura Naval Argentina, en un plazo de 180 días corridos, los procesos de titulación de prácticos y baqueanos.

Con la entrada en vigencia de la nueva reglamentación, quedan derogados el Decreto 2694/91, que regulaba la actividad desde hace más de 34 años, y los artículos 23 y 26 del Decreto 817/92, completando así la reforma del régimen de practicaje y pilotaje impulsada por el Gobierno nacional.