La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó una sentencia contra la Provincia de Buenos Aires por el femicidio de Marisa Sanabria, ocurrido en 2001. El fallo ratifica la condena al Estado provincial debido a la falta de medidas de protección efectivas tras las múltiples denuncias que la víctima había radicado contra su agresor.

En la resolución, el máximo tribunal desestimó el recurso extraordinario interpuesto por la representación jurídica bonaerense, basándose en la falta de autonomía y fundamentación suficiente en el reclamo. De esta manera, quedó firme la sentencia previa que establece que el Estado falló en su deber de prevención del delito, incurriendo en una falta de servicio.

Marisa Sanabria fue asesinada en su domicilio frente a sus hijos, a pesar de que existían pedidos de auxilio y antecedentes de violencia de género documentados ante las autoridades policiales y judiciales correspondientes. El fallo destaca que el actuar estatal fue deficiente ante situaciones de riesgo inminente, lo que permitió el desenlace fatal.

El resarcimiento económico, dispuesto originalmente por la instancia provincial y ahora ratificado, está destinado a los herederos de la víctima. La decisión judicial subraya la vigencia de las normativas internacionales y nacionales que obligan a los estados a actuar con la debida diligencia para prevenir actos de violencia contra las mujeres.