La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo cuestionó el artículo 55 de la Ley 27.802 al considerar que aplica una quita del 33% sobre indemnizaciones ya judicializadas. El fallo se suma a decisiones contradictorias dentro del mismo fuero y podría terminar en la Corte Suprema.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, al considerar que vulnera derechos protegidos por la Constitución.
La decisión fue adoptada en la causa “Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido” por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez.
El punto cuestionado establece que determinados créditos laborales ya judicializados pueden quedar reducidos a un piso equivalente al 67% del valor que surgiría de actualizarlos por IPC más una tasa del 3% anual. Para el tribunal, eso implica en los hechos una quita del 33%.
“La norma no se limita a reglar el modo de cálculo de los accesorios, sino que impone una verdadera quita legal sobre el contenido económico de la acreencia”, sostuvo Catani.
La Cámara entendió que la disposición vulnera el derecho de propiedad, el principio de igualdad ante la ley y el derecho a peticionar ante las autoridades, al perjudicar especialmente a quienes ya habían iniciado acciones judiciales.
El escenario, sin embargo, está lejos de quedar cerrado. Mientras las salas I y VI declararon la inconstitucionalidad del artículo, las salas II y VIII sostuvieron su validez.
La existencia de fallos contrapuestos profundiza la incertidumbre jurídica para trabajadores y empresas y abre la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia termine definiendo el alcance de la norma.






