La nueva ley bajó de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y fijó penas de hasta 15 años. También establece medidas alternativas a la prisión, programas de resocialización y reglas específicas para la detención de adolescentes.
Entró en vigencia el nuevo régimen penal juvenil, que permite juzgar penalmente a adolescentes desde los 14 años y reemplaza el sistema que regía desde la década de 1980.
La Ley 27.801 establece penas de hasta 15 años y contempla distintas respuestas judiciales, entre ellas amonestaciones, restricciones de acercamiento, tareas comunitarias, monitoreo electrónico, reparación del daño y prohibiciones para conducir, salir del país o concurrir a determinados lugares.
Cuando corresponda una pena privativa de libertad, deberá cumplirse en espacios especialmente acondicionados para adolescentes y sin compartir alojamiento con personas adultas.
La norma también garantiza el acceso a educación, capacitación laboral, actividades deportivas y programas de reinserción social.
Además, mantiene la prohibición de divulgar nombres, imágenes, domicilios u otros datos que permitan identificar a adolescentes involucrados en causas penales.
El nuevo régimen prevé, en determinados casos, alternativas para evitar la prisión y mecanismos para modificar la forma de cumplimiento de la pena una vez cumplidos dos tercios de la condena.






