La Legislatura bonaerense convirtió en ley una reforma que obliga a los escribanos a informar sobre el régimen de protección de la vivienda cuando intervengan en operaciones notariales relacionadas con inmuebles destinados a ese uso.

A partir de la nueva normativa, el profesional deberá explicar al titular que puede incorporar su propiedad al régimen previsto por el Código Civil y Comercial, destinado a proteger la vivienda frente a determinadas obligaciones y dificultades económicas.

El escribano también deberá informar que el trámite puede realizarse gratuitamente ante los organismos públicos competentes o, alternativamente, concretarse mediante su intervención en el mismo acto notarial.

Si el propietario decide no afectar el inmueble al régimen, deberá quedar constancia expresa de que recibió la información y rechazó la posibilidad ofrecida.

La reforma, impulsada por el senador Marcelo Feliú, no modifica las formas existentes para acceder a la protección. El cambio consiste en convertir en una obligación profesional la información que algunos escribanos ya brindaban voluntariamente.

El objetivo es que quienes realicen operaciones vinculadas con una vivienda conozcan esta herramienta antes de decidir si quieren incorporarla al régimen de protección.